CONVOCATORIA DEL PREMIO ESCOLAR
"FERNÁNDEZ LEMA" AÑO 2008
A ALUMNOS DE MAYOR MÉRITO
La Fundación Cultural Benéfica Fernández
Lema, reconocida por Orden del Ministerio de Cultura de 20-10-1994 (B.O..E.
del 15-11), creada gracias a la iniciativa y generosidad de Doña
Dolores Fernández Lema, tiene, entre sus fines, la concesión
de Premios, en metálico, para los alumnos de mayor mérito
escolar entre los que cursen estudios de primer grado en el Concejo
de Valdés.
BASES
1.-CONVOCATORIA
1- Se convoca el "Premio Escolar Fernández Lema, año
2008"
2- Podrán concurrir al mismo todos los estudiantes de 6º
de primaria del curso 2007-2008, alumnos de los Colegios Públicos
y de Enseñanza Concertada del Concejo de Valdés (Luarca).
Sin embargo, como más adelante se indica, esta concurrencia se
instrumentará a través de los Directores de los respectivos
Centros.
3- Se establecen diez premios de 450 €. Dichos Premios se otorgarán
a los alumnos que, cumpliendo con las condiciones de la Base 1.2, presenten
los mejores resultados académicos en el curso escolar 2007-2008.
Sin embargo, estos resultados académicos podrán ser ponderados
en función de las condiciones de carácter humano y socioeconómico
que concurran en los candidatos.
2-PRESENTACIÓN DE CANDIDATOS
1- Por cada uno de los Directores de los Centros Públicos o Concertados
de Enseñanza Primaria del Concejo de Valdés, que deseen
concurrir, previo consulta al Consejo Escolar, será elegido un
candidato entre aquellos que, a su juicio, reúnan las mejores
condiciones con respecto a estas bases.
2- Dichos Directores presentarán, con mención explícita
a este Premio, al candidato elegido, con un informe en el que figure,
además de los méritos que se desprendan de su expediente
académico, cualquier otra circunstancia de carácter humano
o socioeconómico que concurran en el candidato que, según
criterio de dichos Directores, pueda considerarse relevante. (Estos
informes serán tratados de forma confidencial).
3- La presentación de candidatos deberá ser efectuada
en la sede de la Fundación Fernández Lema, Casa de Cultura
de Luarca, antes del 30 de junio de 2008.
3-JURADO
1-El Jurado estará compuesto por los miembros que se detallan
y que, previamente han aceptado esta designación:
*El Jefe de Estudios del I.E.S. Carmen y Severo Ochoa
de Luarca.
*Otro Profesor de dicho Centro designado por su Director.
*Una persona designada por el Alcalde del Ayuntamiento de Valdés.
2- El propio Jurado en su primera reunión elegirá,
entre sus miembros, un Presidente y un Secretario. También, respetando
lo establecido en las presentes bases, determinará sus normas
de funcionamiento.
3- El Jurado tendrá plena libertad de decisión a la hora
de discernir los Premios y de apreciar las circunstancias y méritos
de los aspirantes.
4- Las decisiones del Jurado podrán ser tomadas por mayoría
o unanimidad.
4- Las deliberaciones del Jurado serán secretas. Sin embargo
el secretario levantará un acta expresiva de su decisión
motivada, en la que deberá figurar, además, si el fallo
ha sido unánime o por mayoría. Así mismo el Jurado
podrá hacer constar en dicha acta cualquier circunstancia, consideración
o posición particular que estime conveniente, para conocimiento
del Patronato, quien hará uso de la misma según su criterio.
6- El Jurado procurará, en la medida de lo posible, otorgar los
cinco Premios, no obstante podrá dejar desierto alguno de los
mismos si concurren circunstancias que así lo aconsejen y que
deberán ser reflejadas en el acta.
7- Las decisiones del Jurado serán inapelables.
4-FALLO Y ENTREGA DE LOS PREMIOS
1- El fallo del Jurado deberá producirse antes del día
1 de Julio de 2008, en la mañana del cual deberá obrar
en poder del Patronato el acta que se cita en la base 3.5.
2 El Premio o Premios se entregarán por el Patronato en la Casa
de Cultura de Luarca-Valdés el 5 de Julio de 2008, a las 20.00
horas; en un acto público al que se invitará a las autoridades
que corresponda , especialmente, al Ayuntamiento de Valdés, así
como los miembros del Jurado y a los Directores de los Centros citados
en la base 1.2.
5-BASES DE CARÁCTER GENERAL
1- Las situaciones no previstas en las presentes Bases, así como
todas las aclaraciones e interpretaciones de las mismas, deberán
ser resueltas por el Jurado correspondiente, en su esfera competencial,
o bien por el Patronato en la suya o por ambos conjuntamente.
2- Tanto los Directores de Centros competentes, según la base
1.2, como los candidatos deberán aceptar íntegramente
lo establecido en las presentes bases. Estos útimos deberán
aceptar también la selección realizada de acuerdo con
lo indicado en las bases 21 y 2.2.