CONVOCATORIA DEL PREMIO ESCOLAR
"FERNÁNDEZ LEMA" AÑO 2008
A ALUMNOS DE MAYOR MÉRITO

La Fundación Cultural Benéfica Fernández Lema, reconocida por Orden del Ministerio de Cultura de 20-10-1994 (B.O..E. del 15-11), creada gracias a la iniciativa y generosidad de Doña Dolores Fernández Lema, tiene, entre sus fines, la concesión de Premios, en metálico, para los alumnos de mayor mérito escolar entre los que cursen estudios de primer grado en el Concejo de Valdés.

BASES

1.-CONVOCATORIA
1- Se convoca el "Premio Escolar Fernández Lema, año 2008"
2- Podrán concurrir al mismo todos los estudiantes de 6º de primaria del curso 2007-2008, alumnos de los Colegios Públicos y de Enseñanza Concertada del Concejo de Valdés (Luarca). Sin embargo, como más adelante se indica, esta concurrencia se instrumentará a través de los Directores de los respectivos Centros.
3- Se establecen diez premios de 450 €. Dichos Premios se otorgarán a los alumnos que, cumpliendo con las condiciones de la Base 1.2, presenten los mejores resultados académicos en el curso escolar 2007-2008. Sin embargo, estos resultados académicos podrán ser ponderados en función de las condiciones de carácter humano y socioeconómico que concurran en los candidatos.

2-PRESENTACIÓN DE CANDIDATOS
1- Por cada uno de los Directores de los Centros Públicos o Concertados de Enseñanza Primaria del Concejo de Valdés, que deseen concurrir, previo consulta al Consejo Escolar, será elegido un candidato entre aquellos que, a su juicio, reúnan las mejores condiciones con respecto a estas bases.
2- Dichos Directores presentarán, con mención explícita a este Premio, al candidato elegido, con un informe en el que figure, además de los méritos que se desprendan de su expediente académico, cualquier otra circunstancia de carácter humano o socioeconómico que concurran en el candidato que, según criterio de dichos Directores, pueda considerarse relevante. (Estos informes serán tratados de forma confidencial).
3- La presentación de candidatos deberá ser efectuada en la sede de la Fundación Fernández Lema, Casa de Cultura de Luarca, antes del 30 de junio de 2008.

3-JURADO
1-El Jurado estará compuesto por los miembros que se detallan y que, previamente han aceptado esta designación:

*El Jefe de Estudios del I.E.S. Carmen y Severo Ochoa de Luarca.
*Otro Profesor de dicho Centro designado por su Director.
*Una persona designada por el Alcalde del Ayuntamiento de Valdés.

2- El propio Jurado en su primera reunión elegirá, entre sus miembros, un Presidente y un Secretario. También, respetando lo establecido en las presentes bases, determinará sus normas de funcionamiento.
3- El Jurado tendrá plena libertad de decisión a la hora de discernir los Premios y de apreciar las circunstancias y méritos de los aspirantes.
4- Las decisiones del Jurado podrán ser tomadas por mayoría o unanimidad.
4- Las deliberaciones del Jurado serán secretas. Sin embargo el secretario levantará un acta expresiva de su decisión motivada, en la que deberá figurar, además, si el fallo ha sido unánime o por mayoría. Así mismo el Jurado podrá hacer constar en dicha acta cualquier circunstancia, consideración o posición particular que estime conveniente, para conocimiento del Patronato, quien hará uso de la misma según su criterio.
6- El Jurado procurará, en la medida de lo posible, otorgar los cinco Premios, no obstante podrá dejar desierto alguno de los mismos si concurren circunstancias que así lo aconsejen y que deberán ser reflejadas en el acta.
7- Las decisiones del Jurado serán inapelables.

4-FALLO Y ENTREGA DE LOS PREMIOS
1- El fallo del Jurado deberá producirse antes del día 1 de Julio de 2008, en la mañana del cual deberá obrar en poder del Patronato el acta que se cita en la base 3.5.
2 El Premio o Premios se entregarán por el Patronato en la Casa de Cultura de Luarca-Valdés el 5 de Julio de 2008, a las 20.00 horas; en un acto público al que se invitará a las autoridades que corresponda , especialmente, al Ayuntamiento de Valdés, así como los miembros del Jurado y a los Directores de los Centros citados en la base 1.2.

5-BASES DE CARÁCTER GENERAL
1- Las situaciones no previstas en las presentes Bases, así como todas las aclaraciones e interpretaciones de las mismas, deberán ser resueltas por el Jurado correspondiente, en su esfera competencial, o bien por el Patronato en la suya o por ambos conjuntamente.
2- Tanto los Directores de Centros competentes, según la base 1.2, como los candidatos deberán aceptar íntegramente lo establecido en las presentes bases. Estos útimos deberán aceptar también la selección realizada de acuerdo con lo indicado en las bases 21 y 2.2.

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